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  • Diario Digital | viernes, 26 de abril de 2024
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URBANISMO

La justicia obliga a la Junta de Compensación de Parque Victoria a ejecutar las obras de urbanización

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) desestima el recurso de apelación considerando no recepcionadas las obras de urbanización y considera nula el acta de recepción de las obras de urbanización de los de los sectores UR C1 y UR C2 de Parque Victoria al considerarse lesiva para los intereses públicos.
Parque Victoria
Parque Victoria
La justicia obliga a la Junta de Compensación de Parque Victoria a ejecutar las obras de urbanización

El fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo-Administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ha desestimado el recurso de apelación promovido por la Junta de Compensación y otros recurrentes ratificando la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga que estimó ajustada a derecho la resolución del Ayuntamiento por la que se declaraba lesivo para los intereses municipales la recepción de las obras de urbanización de Parque Victoria.

De esta manera, será la Junta de Compensación quién deberá ejecutar las obras pendientes de urbanización por un importe superior a los 3 millones de euros para que puedan ser recepcionadas en óptimas condiciones. Una vez cumplidas estas obligaciones, corresponderá tramitar el correspondiente expediente administrativo de cara a la recepción completa de la urbanización.

El Consistorio rinconero solicitó que se declarase lesiva esa recepción de urbanización alegando el incumplimiento de una serie de condiciones en infraestructuras en la red viaria, de evacuación de las agua pluviales, de saneamiento, de riego, en la red de media y baja tensión y defectos en el alumbrado público y en las urbanizaciones de zonas verdes y jardinería, entre otras.

El fallo del TSJA vuelve a condenar a los recurrentes al pago de las costas causadas en la instancia. No obstante, contra esta sentencia cabe recurso de casación al Tribunal Supremo. 

Parque Victoria - Rincón de la Victoria
Parque Victoria - Rincón de la Victoria

Antecedentes

Para entender en qué situación se encuentra Parque Victoria hay que remontarse años atrás, en concreto a 2007, año en la que la Junta de Compensación (formada por tres promotoras y siete bancos) pide al Ayuntamiento de Rincón de la Victoria la recepción de la urbanización de las parcelas UR C-1 y UR C-2, año en el que también se crea al Entidad Urbanística de Conversación (EUC), siendo alcalde José Francisco Salado Escaño (PP) y Concejal de Urbanismo, José Jesús Domínguez Palma (PSOE).

Dos años después, los promotores inmobiliarios consideraron la recepción de las parcelas por silencio administrativo. En este año 2009 fue el año de transición de los gobiernos de José Miguel Fernández, del Partido Social Independiente (Psirv), siendo concejal de urbanismo, de nuevo, José Jesús Domínguez Palma (PSOE), al de Encarnación Anaya (PSOE), con Salvador Domínguez (PSIRV) como Concejal de Urbanismo.

El 29 de julio de 2010 se redacta el acta definitiva de constancia formal de recepción de obras de urbanización, y se firma por D.ª Encarnación Anaya, alcaldesa de Rincón de la Victoria, David Ortiz, presidente de la Junta de Compensación, el ingeniero de caminos municipal y el ingeniero de caminos director de obra. No obstante, se hace constar en el anexo al acta, una serie de deficiencias que la Junta de Compensación debería subsanar durante el plazo de garantía, y se hace constar que dicha Junta de Compensación estaría sujeta al cumplimiento de cualquier deber conforme a la legislación vigente.

Así en julio de 2011, con el gobierno del Partido Popular y siendo alcalde de nuevo José Francisco Salado Escaño (PP) con Concejal de Urbanismo, Antonio José Rando (PP), habría vencido el plazo que tenía la Junta de Compensación para subsanar las deficiencias de urbanización. Se comienzan los expedientes de ejecución de avales, hasta un total de siete. Como esos avales no cubren lo necesario para que la zona quedase en óptimas condiciones, el siguiente paso fue informar a la Junta de Compensación del inicio de un expediente administrativo para revisar esa recepción de obra.

En un acta de la asamblea de la Junta de Compensación de fecha noviembre de 2011 se reconoce que existen obras de urbanización sin ejecutar y se insta a la Dirección Facultativa que precise con los técnicos municipales el detalle y valoración de las obras pendientes de ejecución, según se deriva de documentación de los técnicos municipales.

En abril de 2012 el expediente administrativo para revisar la recepción de la urbanización Parque Victoria es aprobado en el pleno y ya en mayo de 2012 se pide la resolución y la anulación del acta de 2010 al Consejo Consultivo de la Junta de Andalucía.

En abril de 2013, este organismo dictaminó desfavorable la nulidad del acto administrativo porque de hecho, y de acuerdo al expediente, la recepción de las obras se hizo incumpliendo la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, en el sentido de que son susceptibles de ser anulables a través de la declaración de lesividad de aquel acto administrativo, cuya competencia recae en el Pleno de la Corporación.

En mayo de 2014, los técnicos municipales y el Secretario Municipal emitieron un informe valorando las obras de urbanización no ejecutadas en más de tres millones de euros (3.119.512,42 €).

En septiembre de 2014, se aprueba por unanimidad de todos los grupos (PP, PSOE, IU, PA y PSIRV) el dictamen de lesividad y comenzar el procedimiento judicial contra el acta de recepción de 2010 y la Junta de Compensación, que anule formalmente dicho acta. Mientras tanto, esta aprobación plenaria habría revocado de hecho ese acta de recepción, con lo que a todos los efectos municipales Parque Victoria no estaría recepcionada, a pesar de no tener resolución judicial. Todos los miembros de la Junta de Compensación habrían sido notificados por vía judicial si bien no habrían respondido todos ellos.

En el 2019, se dictó sentencia por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Málaga que estima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria declarando lesivo el acto de recepción de las obras de urbanización de Parque Victoria.