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  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
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ECONOMÍA MUNICIPAL

El GM VOX solicita al equipo de gobierno la reducción del Impuesto de Plusvalía municipal

Desde VOX de Rincón de la Victoria entienden que este impuesto "compatible con el Impuesto sobre sucesiones y donaciones", supone que, en muchas ocasiones, "los rinconeros se vean obligados a renunciar a sus herencias por no poder pagar el alto coste de las tributaciones".
José Rodríguez, Vox. Foto de archivo.
José Rodríguez, Vox. Foto de archivo.
El GM VOX solicita al equipo de gobierno la reducción del Impuesto de Plusvalía municipal

El portavoz de Grupo Municipal de VOX en Rincón de la Victoria, José Rodríguez, ha presentado alegaciones a la Modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana -la llamada Plusvalía municipal- publicada el pasado 11 de marzo en el Boletín Oficial de Málaga y aprobado inicialmente por el alcalde del consistorio rinconero. «Con este impuesto los ciudadanos tendrán que tributar por partida doble».

Se trata, ha explicado Rodríguez, de un impuesto que en octubre de 2021 su sistema de cálculo fue declarado inconstitucional por el Alto Tribunal. Sin embargo, para el Ayuntamiento del Rincón de la Victoria, el Impuesto de Plusvalía «constituye uno de los principales recursos tributarios, con el máximo legal». En este sentido, el portavoz ha recordado que dicho impuesto «es compatible con el Impuesto sobre sucesiones y donaciones», lo que supone que, en muchas ocasiones, «los rinconeros se vean obligados a renunciar a sus herencias por no poder pagar el alto coste de las tributaciones».

Es por eso que el portavoz ha explicado que existen fundamentos para sustentar que la nueva regulación de las Haciendas Locales, dispuesta mediante el Real Decreto-ley 26/202,  pueda «incurrir en un supuesto uso abusivo o arbitrario del instrumento constitucional previsto en el artículo 86 de la Constitución Española».

«Del mismo modo que la sociedad civil se está apretando el cinturón, los ayuntamientos tienen que aprender a hacerlo también”, ha advertido el portavoz tras recordar la difícil situación económica que está atravesando España por la subida de los precios de la luz, cesta de la compra o combustible. Así, ha reclamado más aportaciones a los municipios por parte de las comunidades autónomas, para que se establezca una gestión de la Diputación Provincial que «lleve a cabo la derogación del injusto Impuesto de Plusvalía».

Por todo este asunto, entre las alegaciones que ha presentado VOX a la Modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana se encuentran:

  1. Establecer una reducción del 15% sobre el valor de la base imponible.
  2. Que el tipo de gravamen a aplicar sea el 0,1% sobre la base imponible.
  3. Que se incluya una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota íntegra del impuesto, en las transmisiones de terrenos, y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio, realizadas a título lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y adoptados, los cónyuges y los ascendientes y adoptantes. Cuestión que se aprobó en pleno y sin embargo no aparece en el texto disponible a los ciudadanos.
  4. Que se incluya una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota íntegra del impuesto, en las transmisiones de terrenos, y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio de terrenos, sobre los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.
  5. La creación de un fondo de contingencia dotado de fondos provenientes de plusvalías, que serán retenidos exclusivamente a fin de que la Administración Local pueda hacer frente a una eventual devolución de las autoliquidaciones que los contribuyentes hayan abonado a impuestos cuyas normas hayan sido recurridas o puedan llegar a ser recurridas, y en su caso fueran estimados y declarados nulos sus preceptos en parte o en su totalidad, mediante sentencias de los Tribunales de Justicia o del Tribunal Constitucional.