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  • Diario Digital | martes, 16 de abril de 2024
  • Actualizado 20:09

MUJERES EN IGUALDAD DE RINCÓN DE LA VICTORIA

¿Puedo irme contigo?

Este es el lema que la asociación Infania ha elegido para su campaña en Málaga de acogimiento familiar. El pasado lunes su secretario, Juan José Casado, estuvo en Rincón de la Victoria invitado por la asociación Mujeres en Igualdad para dar a conocer esta campaña y los distintos tipos de acogida, así como las necesidades y el porqué de esta acción para con la infancia desprotegida.

Puedo irma contigo - Cartel programa acogimiento familiar
Cartel del programa de acogimiento familiar
¿Puedo irme contigo?

Esta charla informativa es una de las acciones que ha puesto en marcha esta asociación y la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía, y que tiene como objetivo final conseguir familias cuidadoras en distintas zonas de la provincia. El acogimiento familiar pretende favorecer que estos niños crezcan de la manera más normalizada posible, evitando internamientos prolongados en los centros de protección. En la actualidad hay 800 niños acogidos en Málaga, pero quedan todavía alrededor de 200 que están desamparados. 

En su intervención, el secretario de Infania afirmó que la mitad de estos niños están con familiares, lo que se llama “familia extensa”, que es la modalidad más habitual de acogimiento, es decir, el niño se queda con familiares consanguíneos, tíos, abuelos o hermanos mayores. “Es una modalidad que se da en España a diferencia de otros países y en este caso es un acogimiento permanente”, ha indicado. 

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Sin embargo, el acogimiento externo está en horas bajas. Se necesitan familias para acoger de manera urgente, temporal o permanente a niños de entre 0 a 18 años para seis meses y dos años de acogida. Todas estas modalidades reciben una compensación económica para el cuidado de los niños o adolescentes.

El tipo urgente acoge a menores hasta siete años de edad durante un máximo de seis meses. La temporal tiene una duración de dos años para el cuidado de niños de cualquier edad. En ambos tipos está siempre la posibilidad de que el niño o adolescente vuelva con sus progenitores por lo que la familia que acoge sabe que puede tener un final y aunque pueda haber vínculos muy estrechos con el niño no sirven legalmente para su adopción. 

El acogimiento permanente es hasta la mayoría de edad del menor y se dará cuando exista la imposibilidad de que éste vuelva con sus padres después de dos años de acogida. 

El acogimiento familiar se diferencia de las adopciones porque son niños y jóvenes que están separados legalmente de sus padres, pero que no cierran su vínculo con ellos. “El acogimiento es un recurso más de protección y cuidado al menor durante un tiempo determinado” ha comentado Juan Jose Casado. “En definitiva es proporcionarle el ambiente propicio para su crecimiento tanto físico como psíquico”.

http://www.infania.org

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